En Ecuador, el derecho a la protección de datos personales ha sido un tema relevante desde la promulgación de la Constitución de la República en 2008. Sin embargo, recientemente se ha dado un paso significativo hacia la consolidación y regulación de este derecho con la publicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP) el 6 de mayo de 2021. Esta nueva ley amplía y refuerza la protección de la privacidad de los individuos, estableciendo un marco jurídico claro y exigente para las organizaciones públicas y privadas. Esto aún cobra más relevancia ya que desde el 26 de mayo de 2023 entra en vigencia el régimen sancionatorio de la Ley de Protección de Datos Personales.

 

Las Obligaciones y su Entrada en Vigor

La LOPDP impone obligaciones a todas las organizaciones, tanto del sector público como del privado, y estas obligaciones entrarán en vigor en mayo de 2023. A partir de esa fecha, se aplicará el sistema sancionatorio y se tomarán medidas correctivas en caso de incumplimiento de las disposiciones de la ley. Es importante destacar que esta ley tiene alcance extraterritorial, lo que significa que se aplica no solo a las organizaciones ecuatorianas, sino también a aquellas que tratan datos de ciudadanos ecuatorianos, aunque estén ubicadas fuera del país.

 

La Creación de una Superintendencia de Protección de Datos Personales

Con el fin de supervisar y controlar el cumplimiento de la LOPDP, se contempla la creación de una Superintendencia de Protección de Datos Personales. Esta entidad será responsable de velar por la protección de los derechos de los individuos en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales. Además, tendrá la facultad de imponer sanciones administrativas en caso de detectar infracciones a la ley. Es importante aclarar que el oficial de protección de datos es un cargo absolutamente nuevo y no tiene relación con el oficial de ciberseguridad.

 

 

El Régimen Sancionatorio

La LOPDP establece un régimen sancionatorio que clasifica las infracciones en leves y graves, considerando distintos factores, como la naturaleza de la infracción, el grado de intencionalidad y el perjuicio causado. Para las infracciones leves, se prevén multas que oscilan entre el 0.1% y el 0.7% del volumen de negocio de la organización correspondiente al ejercicio económico anterior. En cambio, las infracciones graves pueden conllevar multas desde el 0.7% hasta el 1% del volumen de negocio. Es importante tener en cuenta que el volumen de negocio se calcula como la cuantía resultante de las ventas de productos y la prestación de servicios realizados por la organización, deduciendo el Impuesto al Valor Agregado y otros impuestos directamente relacionados.

 

La Autoridad de Control y su Implementación

Aunque al momento de redactar este artículo aún no se ha designado a la Autoridad de Control ni se ha creado la Superintendencia de Protección de Datos, es fundamental tener en cuenta la importancia de contar con estas entidades para garantizar una correcta aplicación de la LOPDP. La falta de supervisión por parte de estas autoridades puede obstaculizar la implementación adecuada de la ley y dificultar el cumplimiento de las obligaciones establecidas.

 

Retos y Desafíos de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

La LOPDP establece un plazo de dos años para imponer sanciones, lo que podría llevar a la falsa impresión de que las organizaciones tienen tiempo suficiente para cumplir con las regulaciones. Sin embargo, es crucial reconocer que el proceso de adaptación y cumplimiento de la ley puede ser complejo y requerir una planificación cuidadosa. Algunas empresas desconocen los procesos necesarios y enfrentan desafíos presupuestarios debido a los cambios internos que deben implementar para cumplir con la normativa.

Supongamos que una empresa de comercio electrónico recopila información personal de sus clientes, como nombres, direcciones, números de teléfono y datos de tarjetas de crédito, con el fin de procesar pedidos y realizar transacciones. Sin embargo, la empresa no implementa las medidas de seguridad adecuadas para proteger estos datos, lo que resulta en una brecha de seguridad que expone la información personal de sus clientes. Un grupo de clientes afectados por esta brecha de seguridad decide presentar una denuncia contra la empresa, alegando una violación de la LOPDP y la falta de cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley. En la denuncia, los clientes argumentan que la empresa no tomó las precauciones necesarias para garantizar la seguridad de sus datos personales y que su negligencia ha resultado en un acceso no autorizado a su información personal.

En el proceso legal, los clientes presentan pruebas de la brecha de seguridad y de cómo esta exposición de datos personales ha causado daño, como el riesgo de robo de identidad, fraudes financieros y el impacto negativo en su privacidad. También citan específicamente los artículos relevantes de la LOPDP que la empresa ha incumplido, como el deber de implementar medidas técnicas y organizativas de seguridad, el deber de notificar a los interesados en caso de brechas de seguridad, y el deber de obtener el consentimiento informado para el tratamiento de datos personales. La denuncia busca una indemnización por los daños sufridos por los clientes, así como una orden judicial para que la empresa adopte medidas adecuadas de seguridad de datos y cumpla con todas las obligaciones establecidas en la LOPDP. Además, los clientes solicitan que se impongan sanciones administrativas a la empresa por su incumplimiento de la ley. Durante el proceso legal, se presenta evidencia adicional, como informes de expertos en seguridad informática y testimonios de los clientes afectados. El juez analiza todas las pruebas y argumentos presentados por ambas partes, así como los precedentes judiciales y la interpretación de la LOPDP. Finalmente, el juez emite un fallo, encontrando que la empresa ha incumplido sus obligaciones según la LOPDP al no garantizar la seguridad adecuada de los datos personales de sus clientes.

Se ordena a la empresa que indemnice a los clientes afectados por los daños sufridos y que implemente medidas de seguridad adecuadas para proteger los datos personales en el futuro. Además, se imponen sanciones administrativas a la empresa como consecuencia de su incumplimiento. Este ejemplo ilustra cómo una denuncia relacionada con la protección de datos personales puede surgir en el contexto de la LOPDP en Ecuador y cómo la autoridad de control podría analizar el caso en base a las disposiciones de la ley y las circunstancias específicas del incumplimiento.

 

Medidas de Seguridad Técnicas y Organizativas

La LOPDP también establece la necesidad de implementar medidas de seguridad técnicas y organizativas para garantizar la protección de los datos personales. Algunas de estas medidas incluyen:

  • Capacitación del personal en relación a la protección de datos personales y en el manejo de las aplicaciones involucradas en el procesamiento de datos.
  • Procedimientos para abordar los derechos de los interesados, tales como el acceso, rectificación, cancelación y oposición.
  • Registro de incidentes de seguridad y protocolo de acción frente a eventos de seguridad.
  • Registro de los activos relacionados con el procesamiento de datos.
  • Designación de un encargado de la protección de datos en la organización.
  • Asignación de un responsable de seguridad encargado de garantizar la protección de los datos.
  • Realización periódica de auditorías de seguridad y protección de datos.
  • Evaluación del impacto de protección de datos para identificar los riesgos asociados al procesamiento de datos personales.
  • Implementación de políticas de privacidad y protección de datos que establezcan las pautas internas de la organización.
  • Establecimiento de un protocolo para la eliminación y almacenamiento de documentos.
  • Uso regular y actualización de credenciales de acceso físicas y lógicas.
  • Protección adecuada de contraseñas mediante la implementación de requisitos como el cambio periódico de las mismas.

 

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales en Ecuador representa un hito importante en la protección de la privacidad y los derechos de los individuos. Su entrada en vigor en mayo de 2023 y la posterior aplicación del sistema sancionatorio requerirán una adaptación rápida por parte de las organizaciones. Es esencial que las entidades comprendan sus obligaciones, tomen medidas proactivas para cumplir con la ley y garanticen la implementación de medidas de seguridad adecuadas. Solo a través de un enfoque diligente y responsable hacia la protección de datos personales se podrá asegurar la confianza de los individuos en el manejo de su información personal en el entorno digital.